Estas Condiciones Generales han sido revisadas por última vez y entrarán en vigor el 1 de octubre de 2024.
TUNECONTROL, LLC. TÉRMINOS Y CONDICIONES COMPLEMENTARIAS: LICENCIA DE SINCRONIZACIÓN TRADICIONAL
Los siguientes Términos y Condiciones de la Licencia de Sincronización Tradicional (los “Términos de Sincronización”), cuando usted los acepte, constituirán una enmienda adicional a los Términos de Administración Editorial celebrados entre usted y TuneControl.
CONCESIÓN DE DERECHOS.
1.1 Además de la concesión exclusiva de derechos otorgados por usted al Editor bajo estos términos y condiciones, por la presente otorga al Editor, en todo el Territorio y durante la duración del Plazo, el derecho único y exclusivo de negociar y licenciar, y otorgar a terceros el derecho a licenciar, la sincronización de Composiciones (y cualquier grabación que envíe al Editor para sincronización (las "Grabaciones"), si corresponde) a través de medios "tradicionales", como se entiende ese término en la industria editorial musical de los Estados Unidos, es decir, para otorgar licencias únicas para el uso de sus Composiciones en películas, programas de televisión, anuncios, videojuegos y otros programas audiovisuales.
1.2 Sujeto a los términos del presente, usted otorga al Editor el derecho de usar, exhibir y publicar las Composiciones y Grabaciones, vía streaming, libre de regalías, en todo el mundo, a través de los sitios web, canales y perfiles del Editor o sitios de terceros afiliados destinados únicamente para el uso de personas autorizadas (por ejemplo, supervisores musicales) para acceder, escuchar y muestrear archivos de audio de las Composiciones para una posible licencia para la sincronización con contenido de terceros.
2. Pagos.
2.1 El Editor deberá recaudar todos los Ingresos Brutos generados por las Composiciones (y Grabaciones, si corresponde) que surjan de las solicitudes de sincronización recibidas dentro del Plazo o de las licencias iniciadas durante el Plazo. “Ingresos Brutos” significa los ingresos por licencias de sincronización recibidos por el Editor, menos únicamente la deducción de cualquier comisión u honorarios cobrados por agentes de licencias de sincronización de terceros en cualquier parte del Territorio, impuestos o cargos similares. Los Ingresos Brutos incluyen todos y cada uno de los ingresos pagaderos por el uso de la licencia inicial, incluidos los ingresos resultantes del ejercicio de una opción, renovación o extensión de una licencia emitida por el Editor, incluso si dicha opción, renovación o extensión ocurre después del Plazo. Para evitar dudas, después del vencimiento del Plazo, el Editor tendrá el derecho exclusivo de realizar o cobrar los pagos de licencia correspondientes a cualquier solicitud recibida o licencia iniciada por el Editor durante el Plazo.
(a) Usted recibirá el cincuenta por ciento (65%) de los Ingresos Brutos resultantes de la sincronización de Composiciones (y Grabaciones, si corresponde) a través de medios tradicionales, como películas, programas de televisión, anuncios publicitarios, videojuegos y otros programas audiovisuales de una sola vez. El Editor podrá retener el cincuenta por ciento (45%) de los Ingresos Brutos.
3. Salvo que se disponga expresamente en este documento, (a) todos los términos y frases utilizados en este documento tendrán las mismas definiciones que en los Términos de administración editorial y (b) las disposiciones de los Términos de administración editorial quedan por el presente ratificadas y afirmadas y permanecerán en pleno vigor y efecto.